Sobre Dios y el estado

Josep Miró i Ardèvol

En ocasiones hay que resaltar lo obvio, y esta es una de ellas: nuestra sociedad no es laica sino plural, y el estado no es ateo, es decir, no excluye a Dios ni a las confesiones religiosas, sino que es aconfesional, neutro, laico, como se quiera llamarlo. La Constitución Española lo define bien en su art. 16 que establece la libertad de culto, sin otro limite que el orden público, la neutralidad confesional del estado,  la consideración obligada por su parte de  las creencias religiosas de la sociedad española y “las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”. Estos derechos constitucionales tienen evidentes consecuencias prácticas. Seguir leyendo.

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