Las Cortes Generales han aprobado -a propuesta del Grupo Socialista- la Ley Orgánica de regulación de la Eutanasia, recurriendo a UN PROCEDIMIENTO PARLAMENTARIO NO ADECUADO, Lo ha hecho como Proposición de Ley y no como Proyecto de Ley como es lo que procedía en ley de tanta trascendencia, para PRESCINDIR del informe del Consejo de Estado, como es preceptivo. Tampoco ha aceptado tener en consideración al Comité de Bioética de España, ni a las organizaciones profesionales de Medicina y Enfermería, Sociedades Profesionales, y del Consejo General del Poder Judicial, Organizaciones Civiles y numerosas sugerencias de especialistas médicos de reconocido prestigio en el tratamiento de enfermos en situación terminal.
Todos los dilemas éticos exigen una reflexión sosegada para llegar a conclusiones válidas para la inmensa mayoría de afectados. Se hacía necesario, una amplio y sereno debate suficientemente informado y representado que no tuvo lugar en tema de tanta importancia.
Se ha venido promoviendo deliberadamente un falso debate social en los últimos tiempos en campañas presentando casos límites muy mediáticos ante la opinión pública para justificar la ley de Eutanasia, olvidando el elevado número de paciente, unos 80.000 que mueren por falta de Unidades de Cuidados Paliativos.
Se han utilizado igualmente términos equívocos como “derecho a una muerte digna”, presentando a los defensores de la vida humana, entre los que se encuentran la inmensa mayoría de la población y de médicos españoles, como “sectarios”, “retrógrados” e “intransigentes”, cuando no hay nada más retrógrado que acabar con la vida de los más vulnerables de la sociedad.
Desde el principio de los tiempos, aliviar el sufrimiento, es una especial exigencia ética y humanitaria de toda la sociedad, particularmente de los profesionales de la salud. Lo que la sociedad demanda es que se dicten leyes que protejan la vida humana, especialmente de las personas más vulnerables, en estadios avanzados y de las personas con una discapacidad severa. Estas situaciones exigen un trato acorde con su dignidad, una asistencia médica y social integral.
Esta ley considera aptos a los médicos para provocar la muerte a los pacientes, con la colaboración de enfermería y farmacia.
Con la ley de Eutanasia y el Suicidio Asistido, el médico desempeña el papel de ejecutor en la eliminación de una persona y como consecuencia queda rota la relación de confianza tan necesaria entre el médico y el enfermo, y también con sus familiares.En numerosos códigos jurídicos de los grandes países europeos, no se contempla la ley de Eutanasia, y expertos mundiales como el Profesor Daniel Callaghan cofundador de la Bioética, llega a definir la Eutanasia y el Suicidio Médicamente Asistido como “la legitimación del asesinato mutuamente acordado”.
La ley no trata de aliviar el sufrimiento sino de terminar con la vida de las personas que sufren sin que se empleen tratamientos específicos como la sedación correcta y éticamente aplicada.Con la ley de Eutanasia se ha creado un nuevo derecho subjetivo individual, matar, que se le niega a muchas personas, ya que no se puede ejercer más que en un contexto eutanásico, Por otra parte ese derecho a poner fin a la propia vida no existe, rompiendo todos los principios jurídicos universales y por supuesto es incompatible con lo que recoge la Constitución Española (artículo 15) y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Vulnera por tanto varios artículos de la Constitución. Y además no respeta el principio de Proporcionalidad, ya que debería haber legislado previamente sobre la Ley de Cuidados Paliativos. Más aún, lo recoge como una prestación pública, tomando como ejecutor al médico. Si un facultativo se niega, se pone en la tesitura de denegar un derecho fundamental. Lo que coloca al médico en una situación de franca ilegalidad.
La obligación de la inscripción previa en un registro de objetores de conciencia, impuesta a los profesionales que se oponen a practicar la Eutanasia y el Suicidio Médicamente Asistido, no es legal ni legítimo. Ya que plantea serias dudas por posibles repercusiones que podrían darse en la promoción profesional de los que se oponen a aplicarla. Más objetivo y justo sería que esa relación para las autoridades sanitarias, se realizara de aquellos profesionales sanitarios que están a favor de la Eutanasia.
La profesión médica siempre ha estado orientada a tener el máximo respeto por el paciente, y por tanto, llegado el momento necesario, a curar, y cuando no es posible, siempre a aliviar, a cuidar.
No podemos esperar de los profesionales de la salud que provoquen directamente la muerte de ninguna persona, aunque lo pida. Nada hay más contrario a la Medicina y Enfermería.El actual Código de Deontología Médico, Capítulo VI, Art 36.3, es rotundo cuando afirma: “el médico nunca provocará intencionadamente la muerte de ningún paciente, ni siquiera en caso de petición expresa por parte de éste”. Este pronunciamiento es coincidente y ratifica lo expresado, en la reciente Declaración de la Asociación Médica Mundial (AMM) en su Asamblea anual en Tiflis, Georgia, celebrada el 27 de octubre de octubre de 2019, en la que reitera su máximo respeto por la vida humana, oponiéndose firmemente a la eutanasia y al suicidio con ayuda médica.
La solución alternativa a la ley de la Eutanasia está en promulgar una ley nacional de Cuidados Paliativos, para garantizar el acceso universal a estos cuidados como parte fundamental de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud. Pero en nuestro país no se ha querido apostar por promover los Cuidados Paliativos. Las cifras comparativas con los países de la Unión Europea lo ponen de manifiesto. Mientras en estos hay una cifra media de 2 Unidades de Paliativos por cien mil habitantes, en España es de 0.6.
Los profesionales sanitarios tienen claro, así constan en sus Códigos Deontológicos, que no son conductas eutanásicas, sino éticamente rechazables el “ensañamiento u obstinación terapéutica”, cuando se tiene constancia cierta de que los tratamientos se consideran ya desproporcionados e inútiles para mantener la vida del paciente. Y es éticamente correcta la llamada “limitación del esfuerzo terapéutico”, cuando el médico estima que nuevos tratamientos o pruebas diagnósticas, no se consideran adecuadas y ocasionaría más molestias que beneficios.Sólo en 5 países del mundo con democracias avanzadas, y consolidadas, han despenalizado o legislado sobre la Eutanasia. En el entorno europeo sólo Holanda, Bélgica y Luxemburgo. La MAYORÍA de los países HAN RECHAZADO esa despenalización (como Francia), tras un profundo y minucioso estudio (comisión Leonetti) en el que se destacó el deber del Estado de cuidar y atender a los pacientes más enfermos, ofreciéndoles toda la ayuda que precisen en su situación particular. Sólo para casos de sufrimiento extremo se aprobaba la sedación profunda.En los países que han despenalizado la eutanasia, la falta de control -a pesar de pretender garantizarlo- ha llevado a verdaderas «eutanasias no solicitadas», Resulta imposible valorar la adecuación si una de las partes ha fallecido. Y, por otra parte, se han ido relajando todas las cautelas legales contempladas, hasta el extremo de poder solicitar, en determinados casos, una “Eutanasia casi a la carta”.ESTA PETICIÓN ES TUYA Y MÍA, NO TIENE COLOR POLÍTICO, LA FIRMAMOS GENTE DE IZQUIERDAS Y DE DERECHAS, DE CENTRO Y DE CUALQUIER OTRA OPCIÓN, QUE NOS SENTIMOS UNIDOS EN LOS PROFUNDOS VALORES DE LA ESENCIA MILENARIA DE LAS PROFESIONES SANITARIAS, Y DE LA CONSTITUCIÓN, Y VAMOS JUNTOS A DEFENDER LA DIGNIDAD DE CADA UNO Y EL BIEN DE TODOS.Fdo.:
- Salvador González Barón. Catedrático Emérito de Fisiología Humana en Universidad de Málaga.
- Manuel González Barón. Director honorario de la cátedra de Oncologia y Médicina Paliativa y jefe ( jubilado) del servicio de Oncología Médica del hospital La Paz . Unv. Autónoma de Madrid.
- Manuel García del Río. Profesor Titular de Pediatría . Universidad de Málaga
- Alvaro Gándara del Castillo. Jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos del Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz